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SOBRE NOSOTROS

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M en C Gregorio Olvera Bobadilla

Presidente

Especialista en Gestión de la calidad, especialista en 6 sigma.

e- mail: golvera@ipn.mx

cel: 5523157036

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Vice Presidente

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ALEJANDRO HERNANDEZ

1er Vocal

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e-mail:

Cel: 4444444444

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QBP Honorio Galicia Hortiales

Secretario

Docente en el CECyT No. 15 con 30 años de experiencia docente

e-mail: hgaliciah@gmail.com

Cel: 3333333333

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QBP Rosario Suárez García

Asesor Técnico

Especialidad en Bioseguridad y Gestión de la Calidad .

SOBRE EL COLEGIO

Con el nombre de “COLEGIO DE QUÍMICOS BACTERIÓLOGOS Y PARASITÓLOGOS" se construye la agrupación que rigen estos estatutos, en cumplimiento del artículo 44 de la ley relativa al ejercicio de las Profesiones en el distrito y territorios federales.

Los fines del colegio son los siguientes:

 

  1. Vigilancia del ejercicio profesional con objeto de que este se realice dentro del más alto plano legal y moral.

  2. Promover la expedición de leyes, reglamentos y sus reformas relativas al ejercicio profesional.

  3. Auxiliar en la administración pública, con capacidad para promover lo conducente a la realización de la misma.

  4. Denunciar a la Secretaría de Educación Pública o a las autoridades penales las violaciones a la presente ley.

  5. Servir de árbitro en los conflictos entre profesionales o entre éstos y sus clientes, cuando acuerden someterse los mismos ha dicho arbitraje.

  6. Fomentar la cultura y las relaciones con los colegios similares del país o extranjeros.

  7. Prestar la más amplia colaboración al poder público como cuerpos consultores, proponer los aranceles profesionales.

  8. Representar a sus miembros o asociados ante la Dirección General de Profesiones.

  9. Colaborar en la elaboración de los planes de estudios profesionales.

  10. Hacerse representar en los Congresos relativos al ejercicio Profesional.

  11. Formar lista de sus miembros por especialidades para llevar el turno conforme al cual deberá presentarse al servicio social y anotar anualmente los trabajos desempeñados.

  12. Formar listas de peritos profesionales, por especialidades, que serán las únicas que sirvan oficialmente.

  13. Velar porque los puestos públicos en que se requieran conocimientos propios del Químico Bacteriólogo y Parasitólogo estén desempeñados por los técnicos de dicha rama, con título legalmente expedido y debidamente registrado de acuerdo con lo dispuesto por la presente Ley.

  14. Velar porque sus miembros no ejecuten actos que desprestigian, deshonran a la profesión o lesionen a los intereses de la misma, aplicando las sanciones que establece el capítulo relativo, siempre que no se trate de faltas o delitos del orden común que caigan bajo las sanciones de las leyes.

  15. Establecer y aplicar las sanciones, contra aquellos que faltaran al cumplimiento de sus deberes, expulsando de su seno de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 inciso o). 

  16. Gestionar el registro de los títulos de sus componentes.

  17. Defender y mejorar los intereses profesionales colectivos e individuales de sus miembros.

  18. Luchar contra todas las formas de charlatanismo en el ejercicio de la carrera de Químico Bacteriólogo y Parasitólogo.

  19. Luchar porque se mejoren las condiciones higiénicas del trabajo profesional.

  20. Luchar porque se mejoren los salarios por servicio profesionales ante el Estado y empresas particulares.

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